Ayuntamiento de Mendigorria / Mendigorriko Udala

20 de julio de 2020

Suspensión de toda actividad en los locales de ocio de jóvenes (garitos, bajeras, zurracapotes, …)

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Resolución de Alcaldía nº 104 de fecha 20-7-2020 por la que se procede a ordenar la suspensión de toda actividad en los locales de ocio de jóvenes (garitos, bajeras, zurracapotes, …).

Mediante Orden Foral 4/2020, de 14 de marzo, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas preventivas e instrucciones de salud pública como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19), se dictaron instrucciones en relación con la celebración de determinadas actividades, entre las que se encontraban el cierre de espacios privados de ocio tales como gaztetxes, cuartos, chabisques, piperos/pipotes o equivalentes). La Orden Foral 27/2020, de 7 de junio, de la Consejera de Salud, continua la suspensión de la actividad de los locales denominados “bajeras de ocio”, “piperos” y similares.

Posteriormente, mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 19 de junio de 2020 por el que se declara la entrada de la Comunidad Foral de Navarra a la nueva normalidad, se dictan las medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, entre las que se encuentran el permiso de uso de los locales denominados “bajeras de ocio”, “piperos” o “similares, bajo determinadas medidas de prevención que permitan seguir haciendo frente y controlando la pandemia. En dicho acuerdo se establece que la persona titular del Departamento de Salud, como autoridad sanitaria, podrá establecer las medidas necesarias para la aplicación del acuerdo y podrá establecer, de acuerdo con la normativa aplicable, y a la vista de la evolución epidemiológica medidas adicionales, complementarias o restrictivas a las previstas, que sean necesarias.

En cumplimiento de lo anterior, mediante Orden Foral 35/2020, de 17 de julio, de la Consejera de Salud se dictan medidas, entre otras, en relación con los locales denominados “bajeras de ocio”, “piperos” o similares. Dicha Orden Foral se justifica en los datos que muestran un aumento considerable de casos positivos en personas jóvenes de la Comunidad Foral de Navarra, concretamente, en el intervalo de muestra las dos terceras partes de casos positivos por COVID-19 son personas entre 18 y 30 años en el ámbito de las cuadrillas y de ocio nocturno.

En base a los datos identificados y de conformidad con el informe técnico del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, se dicta de forma preventiva la suspensión de dichas actividades.

El principio de precaución y la obligación de los poderes públicos de garantizar el derecho a la protección de la salud, demanda de este Ayuntamiento de Mendigorria proceder en consecuencia y en coordinación con las determinaciones de la autoridad sanitaria competente.

En virtud de las competencias que tengo atribuidas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa de general aplicación,

HE RESUELTO:

Primero.- Suspender toda actividad en los locales de ocio de jóvenes (garitos, bajeras, zurracapotes,…) ubicados en Mendigorria.

Segundo.- Ordenar la prohibición de celebraciones, concentraciones sociales, botellones, fiestas privadas o similares en espacios públicos, salvo autorización administrativa.

Tercero.- Instar a las ciudadanas y ciudadanos de Mendigorria a reducir las celebraciones, fiestas, reuniones o encuentros sociales privados en espacios cerrados, adoptándose en su caso las medidas de seguridad dictadas por las autoridades sanitarias.

Cuarto.- Señalar que la presente suspensión, en coordinación con la Orden Foral 35/2020, de 17 de julio, de la Consejera de Salud, tiene efectos desde el 20 de julio de 2020.

Quinto.- Dar publicidad suficiente a la presente Resolución, mediante la página web, redes sociales y otros medios de comunicación, para su general conocimiento y efectos.

Sexto.- Finalmente, apelar a la responsabilidad colectiva e individual de todos y cada uno de los ciudadanos y ciudadanas de Mendigorria, recordando que nos encontramos todavía en una situación de crisis sanitaria.

En Mendigorria a 20 de julio de 2020.

La Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de la Villa de Mendigorria

Eunate López Pinillos

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