Elecciones Europeas 2024
Con relación al proceso electoral convocado que tendrá lugar el próximo 9 de junio, con el fin de que se dé la máxima difusión posible a la información que se dispone de la accesibilidad en procesos electorales, tanto a miembros de las mesas electorales, así como demás electores, adjunto le detallo enlace web donde podrá acceder a la siguiente información sobre la materia:
– Guía sobre accesibilidad
– Procedimiento de votación accesible: Las personas con discapacidad visual que conozcan el sistema de lecto-escritura braille y tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento o sean afiliados a la ONCE podrán solicitar el kit de votación accesible al Ministerio del Interior. El procedimiento de voto accesible consiste en un kit/maletín que se entrega en la Mesa electoral el día de la votación y que incluye documentación complementaria en braille que les permite seleccionar con autonomía la papeleta con su opción de voto. Este kit incluye: papeletas y sobres de votación normalizados (es decir, sobres y papeletas idénticos a los que utilizan el resto de electores) y una documentación complementaria en braille (guía explicativa en braille, pegatinas en braille y tinta que identifican contenidos). Para solicitarlo, el Ministerio del Interior pone a disposición de los usuarios un teléfono gratuito (900 150 000 en horario de lunes a viernes de 9:00 a 17:30 y sábados de 9:00 a 14:00 horas) en el que podrán solicitar, hasta el día 13 de mayo incluido, si cumplen los requisitos establecidos, el kit de voto accesible; además, podrán recibir también en el teléfono información de las candidaturas proclamadas y sus candidatos.
– Guía explicativa del Kit de Voto Accesible
– Personas con discapacidad integrantes de una mesa electoral: Una vez más, el Ministerio del Interior, a través de la Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE) y Confederación Española de Familias de Personas Sordas (FIAPAS), ofrecerá a las personas sordas o con discapacidad auditiva que hayan sido designadas para integrar las Mesas electorales la asistencia de intérprete de lengua de signos y bucles magnéticos, cuando así lo soliciten a la Junta Electoral de Zona, en el plazo de 7 días desde su nombramiento. La Junta Electoral de Zona determinará cuál de estas dos opciones es la adecuada para la persona interesada.
* Las personas sordas o con discapacidad auditiva, usuarias de la lengua de signos española, o, en su caso, de las lenguas de signos propias de las Comunidades Autónomas, podrán solicitar, un servicio gratuito de interpretación de lengua de signos, a través del correspondiente intérprete, como apoyo complementario durante la jornada electoral. (Para titulares y suplentes).
* Las personas sordas o con discapacidad auditiva, usuarias de la lengua de signos española, o, en su caso, de las lenguas de signos propias de las Comunidades Autónomas, podrán solicitar, un servicio gratuito de bucle de inducción magnética para personas sordas o con discapacidad auditiva, usuarias de prótesis auditivas (Para titulares y suplentes).
Además si se trata de personas ciegas o con discapacidad visual, se deben poner a disposición los apoyos que soliciten, que deben autorizarse igualmente por las Juntas Electorales de Zona, siendo ésta quien aclare y concrete si surge alguna duda al respecto.
– Accesibilidad del proceso electoral.
– Consejos para Interventores y Apoderados
– Cartelería accesible.